En el día de ayer los abogados de la Provincia de Córdoba nos encontramos con la noticia de la disminución del valor del JUS, medida arancelaria para la determinación y regulación de los honorarios profesionales prevista por la Ley Arancelaria nº 9459.
En razón de ello, se comunica a los colegiados que, junto a FECACOR, el CAVM ha requerido al TSJ que deje sin efecto la medida, y se proceda a crear una mesa de negociación para discutir el valor del JUS.
La Ley Arancelaria dispone en su Art. 36 que el JUS se incrementará en la misma proporción en que se incrementen las remuneraciones o haberes totales asignados al cargo de Juez de Cámara con una antigüedad de ocho (8) años, pero jamás dice que deben o pueden reducirse.
DERECHOS IRRENUNCIABLES
Entendemos que la aplicación e interpretación de lo norma no autoriza bajo ningún aspecto, dada su claridad meridiana, la disminución del valor del JUS. Entenderlo de otra manera, implica violar los principios de progresividad y oportunidad propios de los derechos sociales, y los derechos irrenunciables del abogado.
Dado el carácter tuitivo de la norma, cualquier interpretación en contrario atenta contra el espíritu y finalidad de la misma, vulnerando el carácter alimentario de los honorarios.
Por ello, desde el Colegio de Abogados de Vila María pedimos al TSJ que deje sin efecto la modificación efectuada, a sabiendas que nuestros derechos adquiridos son de carácter obligatorio, inderogable e irrenunciable.
EL DIRECTORIO